La guía definitiva para decreto 0045 de 2024
La guía definitiva para decreto 0045 de 2024
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Excepcionalmente en 2025, el Estado podrá autorizar a la Comunitat Valenciana a formalizar nuevas operaciones de endeudamiento a prolongado plazo o asignar capital con cargo a los mecanismos adicionales de financiación, suplementarios a los previstos en el párrafo preliminar, para cubrir las micción de financiación correspondientes a los gastos extraordinarios ejecutados por dicha comunidad autónoma en respuesta a la situación de emergencia derivada de la depresión aislada en niveles altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
4. Los trabajadores autónomos que, en razón de un trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen en régimen de pluriactividad, y lo hagan durante el año 2025, teniendo en cuenta tanto las cotizaciones efectuadas en este régimen particular como las aportaciones empresariales y las correspondientes al trabajador en el régimen de Seguridad Social que corresponda por su actividad por cuenta ajena, tendrán derecho al reintegro del 50 por ciento del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 16.
A su momento, el capítulo IV se ocupa de las ayudas para el fomento y perfeccionamiento en la oferta de servicios de transporte colectivo terráqueo de pasajeros. Esta trayecto de ayudas se presenta como novedosa y entronca con los fundamentos no obstante puestos de manifiesto, mediante la modificación del paradigma coetáneo que viene poniendo el foco fundamental en la universalidad en el descuento de las tarifas para que, a través de la mejora de la proposición de los servicios de transporte, se incida en viejo medida sobre la disyuntiva modal en los desplazamientos, mediante un trasvase del uso del vehículo íntimo, secreto, individual, reservado, personal, hacia el transporte manifiesto.
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¿Si mi empresa tiene establecimientos de comercio, agencias o sucursales en diferentes zonas del país las nuevas tarifas aplican para ellos?
Que a su ocasión el Decreto 2042 de 2014 en el artículo 1 estableció: "Las cámaras de comercio son personas jurídicas de derecho íntimo, secreto, individual, reservado, personal,, de carácter corporativo, gremial y sin ánimo de ganancia, administradas y gobernadas por los comerciantes matriculados en el respectivo registro mercantil que tengan la calidad de afiliados, Son creadas de oficio o a solicitud de los comerciantes mediante acto administrativo del Gobierno Doméstico y adquieren personería jurídica en virtud del acto mismo de su creación, previo cumplimiento de los requisitos legales exigidos para el objetivo y demostración de su sostenibilidad económica que garantice el cumplimiento eficiente de sus funciones
c) Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
Individuo. Prestación de cese de actividad para los trabajadores autónomos que se han trillado obligados resolucion 0312 de 2019 a cesar en la actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.
1. Las actuaciones que se subvencionan son la adquisición de ciclos de pedaleo asistido y bicicletas de mano híbridas o eléctricas para sillas de ruedas, en el caso de personas físicas, y de ciclos de carga de pedaleo asistido en el caso de personas jurídicas.
Evaluación y puesta al día: La matriz legítimo debe ser evaluada y actualizada regularmente para comprobar de que la empresa esté cumpliendo con la normatividad vigente.
Por último, respecto a la disposición final chale, relativa al Real Decreto 1120/2024, de 5 de noviembre, y su modificación, la extraordinaria y urgente pobreza deriva de la penuria ineludible de ampliar el plazo de presentación de los estados contables para permitir que estos estén elaborados y registrados en tiempo y forma para la concesión de las ayudas directas a los Consorcios de Madrid, Barcelona y Valencia y a Canarias, siendo esta destinada a los gastos correspondientes del año 2024.
1. Los importes que perciban las comunidades autónomas y las entidades locales con cargo a los créditos presupuestarios que se autorizan deberán destinarse exclusivamente a financiar la prestación del servicio de transporte sabido urbano o interurbano y, en todo caso, a compensar en el plazo mayor de dos meses desde la recibimiento de las ayudas o anticipos de las mismas, a las entidades y operadores de transporte que realicen los descuentos efectivos por la merma de ingresos que haya supuesto la implantación de la medida.
2. No obstante, estas ayudas son incompatibles con aquéllas otras que, en reconocimiento del hecho insular, se otorguen en virtud de lo previsto en el artículo 59 de este Existente decreto-condición a las comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias para la implantación de un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte notorio colectivo terráqueo de las islas.